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Preguntas Frecuentes

LiNTI CARGAS GENERALES

¿Cómo debo iniciar el trámite para obtener la LiNTI?

Debe ingresar a https://linti.seguridadvial.gob.ar/choferes y completar sus datos. Los datos de «Número de trámite» se encuentran en su dni y debe ingresar solo los primeros 11 números. Luego debe seguir los pasos eligiendo donde realizar el psicofisico y el curso para generar la boleta de pago para abonarla en Pagofácil o Mercadopago (ver instructivo mercadopago)

¿El curso se realiza en el mismo lugar que el psicofísico, qué documentación debo presentar?

El examen psicofísico se realiza en clínicas médicas habilitados por la ANSV (listado de prestadores habilitados) una vez obtenido el APTO puede realizar el curso correspondiente. La documentación necesaria puede consultarla haciendo click aquí

CATAMP, La Cámara Argentina del Transporte Automotor de Mercancías y Residuos Peligrosas pone a disposición, para el dictado de cursos, 4 Unidades Académicas donde además, podrá realizar los trámites de R.U.T.A. e inscripción para el curso CBO y Actualización. VER UNIDADES ACADÉMICAS

¿Cada cuanto debo renovar el curso?

El curso tiene una vigencia de 1 año. A partir del undécimo año (11) debe realizar 1 curso cada 2 años y a partir del décimo sexto (16) año es 1 curso cada 5 años.

¿Dónde se retiran los certificados oficiales del curso de cargas generales y la licencia?

No se entregan certificados del curso realizado ya que el valor de este documento consistía en certificar la fecha de vencimiento del mismo pero actualmente este dato se encuentra incorporado en el sistema linti. Tanto la visualización de la licencia como de las vigencias de los cursos debe Ingresar a https://linti.seguridadvial.gob.ar/choferes

¿Se puede abonar el Psicofísico y/o el curso de la LiNTI con tarjeta de crédito?

Sí, a partir de ahora además de abonar por Pagofácil puede escanear el código de barras de la boleta generada con la aplicación de Marcadopago y abonarlo con tarjeta de crédito. (ver instructivo mercadopago)

AHORA SOLO APARECE UNA SOLA FECHA DE VENCIMIENTO EN LA LINTI, ¿SE UNIFICARON LOS VENCIMIENTOS?

La fecha de vencimiento que aparece en la licencia corresponde a lo que primero se vence. Para tener habilitada la LiNTI debe tener vigente tanto el psicofísico como el curso, si uno de estos se vence usted pierde la condición de habilitado, por tal motivo en la licencia figura lo próximo a vencer ( esa fecha puede referir tanto al psicofísico como al curso, lo que venza primero)

¿CUÁL ES EL TARIFARIO COMPLETO PARA EL CURSO DE CARGAS GENERALES?

¿QUIÉN ES LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN?

La autoridad de aplicación es la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). La fiscalización seguirá a cargo de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).

¿CUÁLES SERÁN LOS CANALES DE COMUNICACIÓN DE LA LiNTI?

ANSV

Av. Corrientes, P.B. – CABA – C1042AAC

(54-11) 5295-2400 / 0800-122-54684

ayudalinti@seguridadvial.gob.ar

¿CÓMO PROCEDE UN CONDUCTOR QUE EN EL EXAMEN PSICOFÍSICO TIENE UN DICTAMEN “RETENIDO”?

Los conductores cuyo resultado en el examen psicofísico sea “RETENIDO” y deban realizar estudios complementarios no podrán conducir hasta no tener el “APTO” definitivo. Tampoco pueden imprimir una nueva boleta de pago de examen psicofísico durante 90 días. Hay que tener en cuenta que si el conductor no completa los estudios requeridos en tiempo y forma, permanece en la condición de “RETENIDO” y luego de los 90 días en este estado, la condición pasará a ser de “NO VIGENTE”. Esta condición invalida un “APTO” anterior que pudiera estar vigente.

¿CÓMO PROCEDE UN CONDUCTOR QUE EN EL EXAMEN PSICOFÍSICO TIENE UN DICTAMEN “NO APTO”?

El conductor tiene derecho dentro de los 15 días de realizado el examen psicofísico, de solicitar una revisión administrativa gratuita de los resultados. La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) pedirá estos datos y los antecedentes del conductor al prestador. Si se cumple con lo dispuesto, el resultado se confirma; de no ser así, se ordena una corrección del examen al prestador y esto se comunica al conductor.

¿QUÉ SUCEDE SI LA REVISIÓN ADMINISTRATIVA CONFIRMA EL “NO APTO”?

El conductor declarado “NO APTO” puede solicitar un COMITÉ EVALUADOR MÉDICO (CEM), (JUNTA MÉDICA) que funcionará en varios puntos del país. La aptitud no se mantiene, no pueden conducir hasta que no obtengan el apto y tampoco se puede imprimir una nueva boleta de pago de examen psicofísico por un lapso de 90 días.